Microcrédito - reglamentación
Con el fin de promover el desarrollo integral de las microempresas, pequeñas y medianas empresas en consideración a sus aptitudes para la generación de empleo y para cubrir las necesidades de las empresas afiliadas, Compensar ofrece el programa de microcrédito, orientado al financiamiento en actividades agropecuarias, industriales, comerciales, artesanales y de servicios; con créditos hasta 217 SMMLV de acuerdo al tipo de empresa.
Reglamentación
El artículo 2° de la Ley 590 de 2000 modificado por la ley 905 de 2004 establece que:
Para todos los efectos, se entiende por micro incluidas la Famiempresas pequeña y mediana empresa, toda unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica, en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicio, rural o urbana, que responda a dos (2) de los siguientes parámetros:
Microempresa
- Planta de personal no superior a los diez (10) trabajadores
- b) Activos totales excluida la vivienda por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Pequeña empresa
- Planta de personal entre once (11) y cincuenta (50) trabajadores
- Activos totales por valor entre quinientos uno (501) y menos de cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Mediana Empresa
- Planta de personal entre cincuenta y uno (51) y doscientos (200) trabajadores.
- Activos totales por valor entre cinco mil uno (5.001) y treinta mil (30.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Líneas de crédito
- Compra de activos: Esta línea tiene como objetivo la adquisición de bienes de capital: Maquinaria, construcciones, bodegas, etc.
- Capital de trabajo: Inventarios, materia prima, mano de obra.
- Renovación tecnológica: Equipos y aplicaciones para sistemas.
- Inversión mixta: Operaciones mixtas de los anteriores.
Plazos:
- 12, 24,36 meses para la línea de Capital de trabajo y operaciones mixtas.
- Hasta 60 Meses para las líneas de Compra de Activos.
Condiciones
Requisitos