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CopagosSon aportes en dinero que deben realizar exclusivamente los Afiliados beneficiarios del Plan Obligatorio de Salud POS, de acuerdo con el Ingreso Base de Cotización del Afiliado Cotizante. Los valores de los Copagos corresponden a una parte del valor del servicio demandado y tienen como finalidad ayudar a financiar el sistema. Los servicios a los que se aplicará Copagos son:
Y todos los demás servicios contenidos en el Plan Obligatorio de Salud, con excepción de:
Copagos 2010
Nota. Según lo establece el Acuerdo 260 de 2004, es importante tener en cuenta que:
Los Copagos son aportes en dinero que se deben realizar exclusivamente los Afiliados beneficiarios, de acuerdo con el estrato en que se encuentre el Afiliado Cotizante. Es importante tener en cuenta que los beneficiarios afiliados al Plan Complementario Especial NO realizaran copagos por concepto de: hospitalización, atención del parto ni Cirugía, siempre y cuando dichas atenciones no sean preexistentes o se deriven de estas. Los demás servicios para los que la Ley contempla la aplicación de dichos pagos (Art. 9 y 10 Acuerdo 260 de 2004), se realizarán teniendo en cuenta los siguientes porcentajes:
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